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Entra en vigor el Convenio Europeo de protección de animales de compañía

Entra en vigor el Convenio Europeo de protección de animales de compañía

La normativa deberá ser adaptada y desarrollada por las Comunidades Autónomas que lo precisen. Con la entrada en vigor el pasado 1 de febrero del Convenio Europeo de protección de animales de compañía, se introducen en la legislación varias novedades referentes a aspectos como la tenencia, la reproducción y el adiestramiento, el comercio, la cría y la custodia con fines comerciales y el refugio de animales, así como a la publicidad, los espectáculos, las muestras, los concursos y manifestaciones similares, el sacrificio o los animales vagabundos.

Junto a esas cuestiones, uno de los aspectos que para los cazadores despierta un mayor interés es el referente a las intervenciones quirúrgicas, ya que en ese aspecto se recogen las limitaciones establecidas respecto el corte de la cola y las orejas de los perros y otras actuaciones referentes a la salud de los animales.

Aunque la nuevo Convenio de protección de animales de compañia, prohíbe con carácter general el corte de orejas y colas de los perros, “la propia normativa recoge que si se realiza con fines curativos, es decir, en beneficio del animal, es posible hacerlo”, señala Jorge Bernard, de la Fundación Artemisan.

Bernard reconoce, sin embargo, que ese tipo de intervenciones “no pueden ser realizadas por un particular, sino que deben ser llevadas a cabo por veterinarios” y, además, el propio profesional de la sanidad animal “quien debe certificar que no se ha realizado con una finalidad estética, sino que tiene un objetivo sanitario para el animal”.

En el caso de los perros de caza es posible que ningún veterinario se oponga a ese tipo de intervenciones porque, en este tipo de animales “resulta totalmente necesario. Existen informes que reconocen que no cortar las orejas o el rabo a algunos ejemplares de perros de caza es una forma de maltrato animal”, sostiene Bernard.

Esa reglamentación de las intervenciones es “la que a nosotros como cazadores más nos afecta”, según apunta el miembro de Artemisan, que recuerda además que diferentes países incorporaron excepciones respecto a esa cuestión en este Convenio es “de aplicación inmediata” en todo el territorio español.

La normativa europea, sin embargo, coloca a los cazadores en “una situación algo extraña porque cada Comunidad Autónoma cuenta con su propia legislación” y existen una serie de cuestiones que pueden afectar de forma diferentes “al mundo de la caza”, apunta Bernard.  

Convenio de protección de animales de compañía

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Redacción periódico digital Desveda #caza #pesca #tirodeportivo #rural #naturaleza

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