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Recurso de inconstitucionalidad contra la modificación de la Ley de Caza

Recurso de inconstitucionalidad contra la modificación de la Ley de Caza

El Defensor del Pueblo informa que ha llevado al Tribunal Constitucional la reforma de la Ley de Caza de Castilla y León, planteando recurso de inconstitucionalidad contra la misma. Ante esta noticia, la Federación de Caza de Castilla y León emite el siguiente comunicado para conocimiento general de la sociedad de Castilla y León:

1º. El Defensor del Pueblo afirma que el mantenimiento de la actividad cinegética en Castilla y León vulnera el derecho de todos los españoles a disfrutar de un medioambiente adecuado porque no existen estudios científicos que avalen la declaración de las especies cinegéticas, y que la modificación de la Ley de Caza se produce para eludir el cumplimiento de los autos del Tribunal Superior de Justicia que anularon cautelarmente normas administrativas de caza.

Esta Institución, como la Sala del TSJ, hace suyos los argumentos esgrimidos por el PACMA en la defensa de sus intereses particulares (prohibir la caza, no su correcta regulación), y que no son los del pueblo de Castilla y León, que han sido expresados casi por unanimidad (sólo hubo 10 abstenciones), a través de sus representantes en las Cortes regionales para la reforma de la ley en defensa de la caza.

2º. Los dos autos de medidas cautelares del TSJ suspendieron el Decreto de Especies Cinegéticas y la Orden Anual de caza sin respetar el principio de presunción de validez de la norma, sin exigir al solicitante de la medida justificación de los perjuicios irreparables que alegaba en su petición y desoyendo a la vez los informes de la Administración sobre el perjuicio irreparable de esta suspensión. Ambos autos se encuentran actualmente recurridos.

No es cierto que no existan estudios científicos que avalen la actividad cinegética, lo que sí es cierto es que, sin entrar a valorar el fondo de los estudios científicos previos que obran en autos, tanto de los funcionarios de la Junta como de técnicos externos de prestigio internacional, el Tribunal consideró que no justifican el estado de conservación de las especies y por lo tanto la caza.

3º Por otra parte, los más de 5000 cotos de Castilla y León están obligados, conforme a la normativa vigente, a encargar la redacción de un Plan Cinegético en el que se definen los ejemplares existentes de cada especie y en consecuencia la extracción que se puede realizar para asegurar su conservación, y estos planes individualizados deben ser aprobados por otro técnico de la Administración de la Junta de Castilla y León para poder cazar en cualquier coto.

A mayor abundamiento, tanto la Directiva Aves y la Directiva Hábitats declaran las especies cazables, tanto de aves como de mamíferos, permitiéndose así su caza en todos los países de la Unión Europea sin más requisitos, ya que su estado de conservación favorable ya está supervisado por la propia Comisión Europea, que cuenta con un organismo específico que se encarga de ello.

Tanto el TSJ como el Defensor del Pueblo parecen considerar que Castilla y León no forma parte de la Unión Europea y que sus directivas no le son de aplicación, ignorando todo lo que al respecto indica el Comité Ornis que es en definitiva el encargado de velar por el buen estado de conservación de las distintas especies que existen en Europa.

Por otra parte, ninguna Autonomía española realiza estudios específicos concretos y permanentes de las especies.

4º. Paralizar la caza en Castilla y León supondría un quebranto para la economía de nuestra región y fundamentalmente de las áreas rurales, la pérdida de numerosos empleos de forma directa e indirecta, un perjuicio incalculable para la agricultura y la ganadería de la región, un problema de sanidad animal por contagio de enfermedades a la cabaña ganadera y daños irreparables para las personas y sus bienes por aumento de accidentes en carretera, a lo que se añadirían perjuicios a la propia fauna, incluida la protegida, por superpoblación.

5º. Es notoria la necesidad de control de gran parte de las especies cinegéticas, y no existe actualmente alternativa válida a la caza para llevarlo a cabo. Este hecho se conoce perfectamente por todas las administraciones medioambientales nacionales e internacionales promoviéndose en la actualidad el control casi sin límites de las especies de caza mayor y el conejo, en evidente expansión, por los daños que provocan, considerándose en algunos casos incluso como plagas.

Es sorprendente y muy preocupante el desconocimiento de esta realidad, puesto de manifiesto en este tipo de medidas radicales e injustificadas contra la caza, por entidades como el TSJ o el Defensor del Pueblo.

6º La Federación de Caza de Castilla y León va a exigir al que sea nombrado Consejero de Fomento y Medio Ambiente que arbitre de inmediato una solución definitiva para el desarrollo normal de la actividad cinegética en nuestra tierra a largo plazo, que a nuestro entender pasa por la redacción de una nueva Ley de Caza que evite situaciones tan peligrosas para nuestro medio natural y rural como la provocada por quienes desconocen o no quieren conocer su realidad. Esperamos nuevamente el apoyo de todos los grupos políticos de la Comunidad a esta iniciativa.

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Redacción periódico digital Desveda #caza #pesca #tirodeportivo #rural #naturaleza

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