Los planes de ordenación cinegética establecen los criterios y condiciones para el aprovechamiento de cada acotado durante un periodo de tiempo, y fijan qué especies pueden ser cazadas, cuántos ejemplares (en el caso de caza mayor), dónde y de qué forma.
Estos planes tienen normalmente una vigencia de cinco años y deben ser tramitados por el responsable de la gestión del coto y elaborados por un técnico universitario titulado en materias relacionadas con la fauna silvestre.
La información básica que contienen son, los datos administrativos del coto; el estado de las especies y aprovechamientos previstos; los daños producidos, en su caso, por las especies cinegéticas; la zonificación (reservas y refugios, zonas de perros, caza sembrada); el programa financiero previsto para el periodo de vigencia, la cartografía relacionada con los aprovechamientos existentes.