El Boletín Oficial de Navarra (BON) publica hoy la orden foral por la que se regula la práctica de la pesca en Navarra durante 2012. La norma contiene, el listado de especies autóctonas autorizadas para la pesca, la autorización de captura de seis especies exóticas invasora, la zonificación de los ríos, la vedas, las condiciones generales de pesca, disposiciones especiales para cada especie, normativa aplicable a cotos de pesca, los tramos de captura y suelta, y sendos anexos con los vedados de reproducción y temporales.
La especies que pueden pescarse en Navarra son, sábalo, anguila, salmón, trucha de río, barbo, madrilla, tenca, chipa, gobio, corcón, platija y carpa. Además se autoriza la captura de seis especies invasivas a fin de limitar su expansión, cuatro peces (lucio, perca americana, carpín dorado y trucha arco iris) y dos crustáceos (cangrejo de las marismas y cangrejo señal). La introducción de nuevas especies en los ríos está terminantemente prohibida sin autorización expresa del Gobierno de Navarra.
«Se prohíbe la posesión, transporte, tráfico y comercio de los ejemplares una vez sacrificados de las especies lucio y perca americana».
Vamos, que además de matarlos nada más capturarlos hay que dejarlos en el campo?