El juzgado de lo Penal
número 1 de Palencia ha absuelto al
vecino de la Montaña Palentina acusado
de delito relativo a la protección de la
fauna del artículo 334, por ejercer una
acción de caza a caballo y con un perro
sobre un oso en el Parque Natural de Fuentes
Carrionas y Fuente
Cobre–Montaña Palentina en junio
de 2010.
La Fundación Oso Pardo, que se
personó en la causa como
acusión particular, pedirá ahora
que se inicie un expediente administrativo
contra el vecino por haber realizado una
acción prohibida para las especies en
peligro de extinción.
La FOP recordó hoy en comunicado
de prensa que formuló escrito de
acusación calificando provisionalmente
los hechos como un delito contra la fauna del
artículo 334 del Código Penal,
agravado al ser en Espacio Natural Protegido
(artículo 338).
No obstante, añadió, a la
vista de las pruebas realizadas en el plenario
del juicio celebrado en octubre de 2014,
incluyendo las presentadas por el Servicio de
Protección de la Naturaleza de la
Guardia Civil (Seprona), según las
cuales se demostró que no
había sido una acción de caza.
En este sentido la Fundación
cambió sus conclusiones provisionales y
solicitó la absolución del
acusado, por entender que se produjo una
acción merecedora de sanción
administrativa pero sin constituir en forma
alguna ilícito penal.
La sentencia, por tanto, coincide con las
conclusiones definitivas de las FOP,
absolviendo al acusado. La FOP, tal como se
recoge en la sentencia, y una vez que
ésta sea firme, solicitará la
apertura de un expediente sancionador
administrativo al ahora absuelto, ya que
realizó, a su juicio, una acción
prohibida por la normativa que protege a las
especies en peligro de extinción. Esta
infracción podría ser castigada
con una sanción de 5.000 euros.