El magistrado de la
Sección Segunda de la Audiencia
Provincial de Castellón, Horacio
Badenes, ha ratificado la sentencia absolutoria
dictada por el juzgado de Instrucción 6
de Castellón respecto de un cazador de
l’Alcora que le dio dos tiros con su
escopeta a un fotógrafo que se
encontraba mimetizado entre la
vegetación para captar unas
instantáneas de unas aves en un
espacio reservado para la caza.
Según reza la sentencia, a la que
ha tenido acceso Mediterráneo, los
hechos sucedieron el 12 de diciembre del
2010, alrededor de las 9.30 horas de la
mañana. El demandado había
acudido hasta el lugar con su perra para cazar
conejos, ya que era época de captura
de esta especie cinegética. Por otro
lado, la víctima se encontraba
también en la misma zona, pero, como
señaló en el juicio,
desconocía que se trataba de un coto,
pese a que estaba señalizado, pero no
vallado.
El afectado, como explicó en la
sala, tenía localizadas unas aves y
pretendía hacerles unas
fotografías en un bebedero casual
formado por una vaguada de terreno. Para
ello, el aficionado a este arte, se colocó
tras los juncos, en zona de la vaguada,
vistiendo ropa de camuflaje para confundirse
con el entorno, mimetizarse, en zona de
matorral a una altura de unos dos metros.
Además, estaba colocando una red
mimética, enganchándola a una
rama.
DOS DISPAROS // Por su parte, el
cazador, acompañado de su perra, se
encontraba de pie en pleno monte, donde hace
una vaguada, en una zona llana y sin baches
pero con matas. De pronto, como
explicó durante el juicio, vio un conejo
cruzarse de izquierda a derecha por su frente,
por lo que apuntó hacia el mismo y
disparó, ya que se escondía
entre unos juncos a unos diez metros de
distancia. En cuestión de segundos
realizó un segundo disparo hacia la
trayectoria que llevaba el conejo, unos
centímetros más arriba, sin ver
al animal a toda velocidad, pero sin llegar a
verlo.
Fue entonces cuando este oyó un
grito. El fotógrafo recibió los
dos impactos por la espalda, justo cuando
estaba colocando la red mimetica y
movió las ramas de los matorrales
donde se escondía.
Para los magistrados, el afectado
debió de prever que estaba en un lugar
peligroso, en un coto de caza. Los informes del
Seprona de la Guardia Civil indicaban que
efectivamente era época de caza de
conejo en la zona, donde había
madrigueras y heces. Es por esto que
absuelven al cazador al no haber imprudencia
penal.