El Juzgado de lo Contencioso-
Administrativo ha decidido que no procede
adoptar la medida cautelar solicitada por el
presidente del Club Deportivo Caza San
Bartolo, de Fresno de la Carballeda, Fidel
Ramos Felipe, consistente en que se ordene la
entrega inmediata de la totalidad de los
precintos autorizados para la práctica
de la caza en las fechas autorizadas,
así como de los cupos y modalidades
de las especies de cérvidos autorizados
en el Plan de Ordenación
Cinegética para la presente temporada.
La Junta de Montes Vecinales en Mano
Común, de Fresno, presentó un
escrito oponiéndose a la medida
cautelar haciendo saber que el Servicio
Territorial de Medio Ambiente de la Junta de
Castilla y León extinguió el coto
de caza por resolución del pasado 28
de julio pasado.
La Sala considera dicha extinción
del coto privado de caza por Medio Ambiente
«revela la imposibilidad de admitir la medida
cautelar. Añade que no se trata de
valorar en este momento la legalidad o
conformidad a derecho de esta
resolución administrativa, pero sin
duda, lo acordado en ella y su eficiencia (no
consta suspendida) viene a reforzar la falta de
viabilidad de la petición de la medida
cautelar». Indica, además, que la
adopción de la medida cautelar
solicitada «iría más allá
de la indeseable anticipación de un
eventual fallo estimatorio».
También deja constancia la Sala en
su auto que del documento del Plan de
Ordenación Cinegética «resulta
que figura como titular del coto de caza no el
demandante, Fidel Ramos, sino la Junta
Vecinal de Fresno de la Carballeda, a la que
también va destinada la
resolución que autoriza el
aprovechamiento correspondiente a la
campaña 2013-2014.