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El Principado multa a dos cazadores con más de 15.000 euros y la retirada de la licencia durante 10

El Consejo de Gobierno del
Principado de Asturias ha ratificado esta
semana las dos multas de 7.513 euros cada
una y la retirada de la licencia de caza e
inhabilitación para obtenerla durante un
plazo de 10 años a dos cazadores, por
una infracción muy grave tipificada en
la Ley de Caza del Principado de Asturias.

 

Los hechos sancionados se produjeron en
Corvera y en Riosa cuando fueron sorprendidos
cazando en una zona de seguridad, en la que
la normativa prohíbe practicar cualquier
tipo de caza por la proximidad de
núcleos habitados de viviendas,
según información del Ejecutivo
autonómico. 

 

En el caso de la denuncia cursada ante la
Consejería de Agroganadería y
Recursos Naturales por dos agentes de la
Guardia Civil, los hechos ocurrieron el 23 de
octubre de 2014, a las 10.50 horas en
Cancienes, al ser sorprendido un varón,
cuya identidad responde a las iniciales
J.M.P.C., practicando la caza menor en un
lugar donde está expresamente
prohibido por ser considerado zona de
seguridad. 

 

En concreto, el cazador se hallaba a 50
metros de una vivienda, encontrándose
el resto en un radio de 200 metros, con el
arma preparada y acompañado de
varios perros. Al percatarse de la presencia de
los agentes, comenzó a caminar en
dirección opuesta y descargó el
arma. Asimismo, los agentes de la Guardia
Civil interpusieron una denuncia contra G.F.S.,
por cazar en una zona de seguridad el
día 11 de diciembre de 2014, a las 17
horas, en las inmediaciones de la localidad de
Villameri (Riosa). Los agentes observaron al
presunto infractor practicando la caza menor
en un camino de uso público, a 80
metros de la última edificación
del pueblo, portando una escopeta cargada con
dos cartuchos. 

 

La Ley de Caza del Principado
señala que la zona de seguridad donde
no se puede cazar comprende un área
de 200 metros en el caso de que se trate de
un núcleo compuesto por varias
edificaciones habitables o 100 metros si es una
única vivienda. La ley prohíbe
taxativamente el ejercicio de la actividad
cinegética en esta zona como medida
precautoria especial para garantizar la
adecuada protección de las personas y
sus bienes.

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