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Exculpados los cazadores acusados de furtivismo en un coto de Bailo

El Juzgado de lo Penal
número 1 de Huesca ha absuelto del
delito contra la fauna y la flora a D. F. M. y D.
S. G., los dos cazadores acusados de abatir un
ciervo en un coto privado de Bailo en 2007,
para los que la Fiscalía pedía 8
meses de multa.

Según el magistrado, en el juicio
no quedó probado que dispararan con
un rifle con silenciador a un ciervo sin contar
con autorización de los titulares del
coto. Tampoco estima la acusación
contra D. S. G., al que el fiscal imputaba
además la falsificación de la
guía de un arma vendido a su
compañero, por la que solicitaba un
año y medio de prisión. Durante
el juicio, esta acusación quedó
en entredicho porque la Guardia Civil
admitió que podía deberse a un
error administrativo. Según la
sentencia, «fue realizada por error y sin
ánimo de faltar a la verdad». 

 

Pese a que hay constancia de la presencia
de D. S. G. en el coto (él lo
reconoció, se acreditó que
estaba su coche y se localizaron las llamadas
del móvil), el magistrado considera
que la principal prueba de cargo, el
reconocimiento por parte del guarda del coto,
está «viciada». Este dijo haberlo visto
junto a otro hombre en un coche sospechoso
sin luces y que luego oyó dos disparos
con silenciador a una manada de ciervos. Pero,
según el juez, las fotografías
que se le enseñaron al testigo en sede
policial no están adjuntadas en el
atestado y por lo tanto no se puede valorar si
existían similitudes entre los sujetos.
Por ello, la diligencia policial es «nula», y
además no hubo rueda de
reconocimiento para confirmar la
identificación. Otro testigo que esa
noche observó a dos individuos
disparar, no les vio la cara. 

 

La acusación popular estuvo
ejercida por la Federación Aragonesa
de Caza, que pidió penas de 12 meses
de multa, con una cuota diaria de 12 euros, y
tres años de inhabilitación
especial para el derecho de cazar. Por su
parte, los dos abogados defensores solicitaron
la libre absolución negando la
participación en los hechos.

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