La Consejería
de Agricultura ha declarado
comarcas de emergencia
cinegética temporal para
control de jabalí como
herramienta sanitaria en la lucha
contra la tuberculosis en
ganadería
doméstica y especies
cinegéticas de caza mayor,
las comarcas ganaderas de
Almadén, Almodóvar
del Campo, Calzada de Calatrava y
Piedrabuena, de la provincia de
Ciudad Real.
Según alega la
Consejería de Agricultura en
la resolución que publica
este lunes el Diario Oficial de
Castilla-La Mancha (DOCM) y
recoge Europa Press, la
expansión de la
población de
jabalíes en determinadas
comarcas de Castilla-La Mancha
está causando graves
perjuicios por ser un importante
reservorio de la tuberculosis
dificultando la erradicación
de esta enfermedad que afecta
gravemente al ganado
doméstico y a las especies
cinegéticas de caza
mayor.
Así lo pone de
manifiesto el informe que al
respecto emite el Servicio de
Sanidad Animal de la
Dirección General de
Agricultura y Ganadería,
siendo necesario la
declaración de estas
comarcas como de emergencia
cinegética temporal, con el
fin de reducir el tamaño de
las poblaciones de esta especie y
eliminar o minimizar la prevalencia
de la enfermedad.
La declaración de
emergencia cinegética
temporal finalizará el 21 de
febrero de 2015, y previa
resolución, antes, en
aquellas comarcas en las que se
constate que han desaparecido las
causas que la han motivado,
pudiendo, de igual forma,
ampliarse en las que no se hayan
alcanzado los objetivos
perseguidos.
Comarcas afectadas
El departamento que dirige
María Luisa Soriano declara
comarcas de emergencia
cinegética temporal para
control del jabalí las
comarca ganaderas de
Almadén, que abarca los
términos municipales de
Agudo, Alamillo, Almadén,
Almadenejos, Chillón,
Guadalmez, Saceruela y
Valdemanco del Esteras.
También se ve afectada
por esta resolución la
comarca de Almodóvar del
Campo, que abarca los
términos municipales de
Abenójar, Almodóvar
del Campo, Argamasilla de
Calatrava, Brazatortas,
Cabezarados, Cabezarrubias del
Puerto, Fuencaliente, Hinojosas de
Calatrava, Mestanza, Puertollano,
Solana del Pino y Villamayor de
Calatrava.
Se incluye también la
comarca de Calzada de Calatrava,
que abarca los términos
municipales de Aldea del Rey,
Almagro, Bolaños de
Calatrava, Calzada de Calatrava,
Granátula de Calatrava, San
Lorenzo de Calatrava, Valenzuela
de Calatrava, Villanueva de San
Carlos y Viso del
Marqués.
En la comarca de Piedrabuena,
que abarca los términos
municipales de Alcoba, Alcolea de
Calatrava, Anchuras, Arroba de los
Montes, Fontanarejo, Horcajo de
los Montes, Luciana, Navalpino,
Navas de Estena, Piedrabuena, Los
Pozuelos de Calatrava, Puebla de
Don Rodrigo, Retuerta del Bullaque
y El Robledo también se ha
declarado esta emergencia.
Modalidades de caza
Las acciones cinegéticas
necesarias podrán
realizarse en los cotos privados de
caza con plan técnico de
caza aprobado en vigor. Las
acciones de caza que deban
llevarse a cabo deberán
comunicarse al Servicio Provincial
de Montes y Espacios Naturales y al
puesto de la Guardia Civil que
corresponda, en el modelo oficial,
con una antelación
mínima de diez
días.
En estas acciones no
podrán cazarse otras
especies distintas del jabalí
aunque se realicen en periodo
hábil para su caza, y en
ningún caso su
realización afectará
de forma notoria a otras especies
de fauna silvestre.
Las modalidades de caza que
podrán practicarse para el
control de jabalíes
serán esperas o aguardos,
nocturnos y diurnos, tantas
jornadas como sea preciso.
Podrá participar un
cazador/día por cada 10
hectáreas de cultivo donde
acudan para alimentarse.
De igual modo autoriza la
batida, exclusivamente dentro del
periodo hábil de caza para
la especie, podrán
realizarse tantas como sean
precisas.
También se
podrá practicar la
modalidad jabalí en mano,
exclusivamente dentro del periodo
hábil de caza para la
especie, tantas jornadas como
sean precisas y el lanceo de
jabalí a caballo, tantas
jornadas como sean
precisas.
Contra esta resolución,
que tendrá efectos a partir
del día siguiente al de su
publicación en el Diario
Oficial de Castilla-La Mancha,
podrá interponerse recurso
de alzada ante la
Consejería de Agricultura,
en el plazo de un mes a contar
desde el día siguiente al de
su publicación en el Diario
Oficial de Castilla-La Mancha.