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La modificación de la Ley de Seguridad Vial en accidentes con animales enfrenta a los juristas

Carretera nacional. Un ciervo
irrumpe en la calzada e impacta contra un
vehículo. El resultado: tres de los
ocupantes heridos de diversa
consideración y daños materiales
en el coche por algunos miles de euros.

Hasta abril de 2014, el titular del coto
desde donde apareció el animal
sería el responsable de los
daños. Si esto ocurre hoy, la carga
recaerá únicamente en el
conductor del vehículo. 

 

La Ley 6/2014 de 7 de abril que modifica
el texto de la Ley sobre Tráfico,
Circulación de Vehículos a
Motor y Seguridad Vial sigue generando
controversia más de un año
después de su aprobación. Una
norma que es de especial interés en
una provincia como Zamora, donde parte
importante de los accidentes de tráfico
registrados a lo largo del año se
producen por causa de animales que atraviesan
la calzada. 

 

El nuevo texto es claro en su
exposición. «En accidentes de
tráfico ocasionados por atropello de
especies cinegéticas será
responsable de los daños a personas o
bienes el conductor del vehículo, sin
que pueda reclamarse por el valor de los
animales que irrumpan en aquella», dice la
disposición. Ahora bien, ofrece alguna
remota manera de «librarse» al conductor,
siempre que demuestre que el siniestro se
produce como «consecuencia directa de una
acción de caza colectiva de una especie
de caza mayor llevada a cabo el mismo
día o que haya concluido doce horas
antes». 

 

La norma lleva un año enfrentando
a los juristas. El lobby cazador siente que se
ha terminado «una injusticia histórica»,
como así reconocían desde la
Oficina Nacional de la Caza el día que
se conoció el nuevo texto. Y en mitad
de todo esto se encuentran las aseguradoras,
que ya se han apresurado a ofrecer nuevas
pólizas que cubren (y cobran) los
accidentes con especies
cinegéticas. 

 

Los juzgados de la provincia de Zamora
están sacando poco a poco las primeras
sentencias sobre el tema. No obstante,
siempre en primera instancia, sin que la
Audiencia Provincial se haya pronunciado
aún. Algunos de los jueces que han
tratado este tipo de accidentes no han dudado
en criticar la modificación.
Recientemente, salió desde el Juzgado
de 1ª Instancia e Instrucción
número 1 de Benavente una sentencia
que arrojaba una dura reprimenda a la
legislación. Se juzgaba el pago de los
daños de un vehículo impactado
por un corzo en Pobladura del Valle. Y el
veredicto se podría resumir en una de
las frases que componen la sentencia. «La
labor de todo juzgador es la de juzgar
aplicando la ley vigente en cada momento,
aún cuando le resulte incomprensible lo
dispuesto en la misma», decía. 

 

La sentencia en cuestión
desestimó la reclamación del
dueño del vehículo ante el coto
de caza para que le abonara los daños.
No obstante, la juez dejó frases que
evidencian la controversia de la Ley.
«Según esta regulación, los
conductores que sufran un accidente cerca de
los cotos de caza, y aunque no incumplan
ninguna norma de circulación, no
recibirán indemnización alguna
si resultan heridos, ni tampoco serán
indemnizadas sus familias si fallecen.
Además, serán responsables
frente a los ocupantes de su vehículo
que resulten fallecidos o lesionados», apunta
antes de declarar, con cierta ironía que
«la norma, generosamente, únicamente
les exime de pagar el valor del animal
muerto». 

 

La juez asegura que «el legislador ha
estado sembrado» y critica el momento de
introducir cambios. «En la actual coyuntura
económica que nos encontramos la
mayoría de los españoles, esto
obligará a encarecer los seguros
obligatorios, poniendo en una situación
aún más crítica a los
ciudadanos», apunta. Y lanza un último
recado. «Posiblemente, para muchos
propietarios de cotos, la preocupación
de que los animales irrumpan en la calzada
descenderá notablemente, con lo cual
aumentará el número de
animales de caza mayor sueltos en la
calzada».

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