La Asociación para la
Seguridad Privada Marea Negra, cuyo
representante a nivel nacional es el
tinerfeño Víctor Fumero,
informó ayer de que los guardas
rurales de caza y pesca (marítimo)
podrán volver a portar armas
reglamentarias para el desempeño de su
labor.
En una nota, el colectivo, adscrito al
Ministerio del Interior, se hace eco de las
dudas legales que habían surgido al
respecto tras la entrada en vigor de la Ley
5/2014 de Seguridad Privada.
Estos profesionales de la seguridad privada
habían dejado de portar sus armas
reglamentarias desde el año 2006,
cuando entró en vigor una orden
autonómica que asimilaba a los
guardas de caza -titulación que
conceden los cabildos- a los guardas rurales
(de caza y pesca), cuya habilitación la
otorga el Ministerio del Interior.
Tras varias reuniones con la
Subdelegación del Gobierno y con el
teniente coronel de la Guardia Civil de la
provincia de Santa Cruz de Tenerife, y
según Marea Negra, los guardas rurales
de caza y pesca podrán llevar arma
reglamentaria en función de las
competencia que les atribuye la Ley 5/2014 de
Seguridad Privada, en su artículo 40.2,
que dice lo siguiente: «Reglamentariamente se
determinarán aquellos supuestos en los
que, valoradas circunstancias tales como
localización, valor de los objetos a
proteger, concentración del riesgo,
peligrosidad, nocturnidad, zonas
rústicas o cinegéticas, u otras
de análoga significación,
podrá autorizarse la prestación
de los servicios de seguridad privada portando
armas de fuego».
El colectivo que representa Víctor
Fumero «agradece» al respecto la labor tanto
de la Subdelegación como de la
Guardia Civil por «reconocer» sus derechos, y
avanza también que la
definición de «guarda de caza» en el
ámbito autonómico se ha
elevado a la Abogacía del Estado para
tratar de resolver la controversia.