Un juzgado de Vitoria falla por
primera vez desde que el pasado año
cambió la ley de Tráfico a favor
de un coto de caza en el caso de un accidente
en carretera con animales.
La jueza desestima así la demanda
presentada por la compañía de
seguros Axa contra el club deportivo La
Revilla, adjudicatario del coto de caza de
Añana. No obstante, ante lo novedoso
de la normativa legal a aplicar, -señala
la magistrada- exime al demandante del pago
de las costas y señala que cada una de
las partes asumirá la mitad de los
gastos, si los hubiera, según recoge la
sentencia a la que ha tenido acceso DIARIO DE
NOTICIAS DE ÁLAVA. Si hubiera
ocurrido once meses antes, la responsabilidad
por daños derivados del siniestro
dependería de si el conductor del
vehículo había incumplido las
normas. Sin embargo, la cuestionada
modificación de la Ley de
Tráfico cambió en mayo de
2014 el escenario jurídico en estos
casos, estableciendo que la culpa recae sobre
el que está al volante, al margen de si
circulaba de forma correcta, a no ser que el
animal atropellado proceda de una batida
realizada horas antes o la vía
esté mal vallada o sin señalizar.
Una espinosa normativa que no gusta a toda la
judicatura porque falla contra el conductor y a
favor de los cazadores en asuntos con
intereses económicos
detrás.
En Álava únicamente se
han celebrado dos juicios de estas
características desde que se
modificó la ley. El primero la semana
pasada, que es al que hace referencia esta
sentencia sellada el miércoles; el
segundo tuvo lugar el jueves, por lo que el
fallo se conocerá en breve. En el caso
que nos ocupa, los hechos se remontan al 24
de agosto del pasado año a raíz
de un accidente ocurrido en la carretera A-
4022 Vitoria-San Pantaleón de Losa, a
la altura del punto kilométrico 26,9, al
colisionar un vehículo con un corzo que
salió de improviso a la calzada y que el
conductor no pudo esquivar. El ejemplar
procedía del coto La Revilla y como
consecuencia del siniestro se produjeron
daños por valor de 1.328,92 euros, que
fueron abonados por la aseguradora Axa, la
parte demandante del caso. Por su parte, el
coto en ningún momento negó
el accidente, pero sí se opuso a la
demanda recordando que, con la nueva ley, la
responsabilidad recae en el conductor, salvo en
dos supuestos que aquí no se dan -caso
de batida o mala señalización de
la vía-.
La primera demanda por daños en
un accidente con animal de caza tras el cambio
de ley fue a raíz de un suceso ocurrido
el 7 de julio de 2014. Un corzo invadió
la calzada y provocó un siniestro en la
CL-116 en la provincia de Soria, donde dos de
cada tres siniestros sobre el asfalto se
producen por la irrupción de animales
en las vías. El Juzgado de lo
Contencioso Administrativo de Soria
absolvió a la Junta de Castilla y
León y al propietario del terreno del
pago de una indemnización por el
citado incidente en la que fue la primera
reclamación motivada por cruzarse en
la vía una especie cinegética
tras la reforma de la normativa.
Igual que en el caso que nos ocupa, el
fallo explicaba que, pese a que se cumplan
todas las normas de tráfico y seguridad
vial, sólo podrá imputarse
responsabilidad a un sujeto diferente al
conductor ante dos supuestos que en aquella
ocasión tampoco pudieron acreditarse.
El primero se refiere al titular del coto cuando
el accidente sea consecuencia directa de una
acción de caza colectiva de una especie
de caza mayor (batida) llevada a cabo el
mismo día o que haya concluido doce
horas antes del incidente. Y el segundo, a si la
vía pública en la que se
produce la colisión no tiene reparada la
valla de cerramiento o no dispone de
señalización específica
de animales sueltos. De esta forma, si el
altercado es en una carretera en correcto
estado y un día en el que no hay
batida, el juez tendrá que desestimar
la demanda por daños.
lo novedoso
El antes. Antes de la modificación
de la Ley de Tráfico, en los accidentes
con animales que se cruzaban en la carretera,
la responsabilidad recaía en el coto de
caza de donde procede el ejemplar siempre
que el conductor circulara cumpliendo las
normas.
El después. Después de la
modificación en mayo de 2014 de la
Ley de Tráfico, en los accidentes con
animales cinegéticos, según la
normativa, la responsabilidad recae en quien
va al volante, aunque circule de forma
correcta, salvo en dos supuestos: que pueda
demostrar que horas antes ha habido una
batida o que la vía esté sin
vallar o sin señalizar
correctamente.
La polémica. La
modificación de este punto de la Ley
de Tráfico ha sido cuestionada –
también dentro de la judicatura- por
quienes argumentan que beneficia los intereses
económicos de los cotos de caza en
detrimento de los conductores que poco
pueden hacer cuando se topan en la carretera
con un corzo, jabalí… De hecho,
muchas compañías de seguros
han comenzado ya a tener en cuenta en las
pólizas los accidentes de tráfico
con animales, ya que son muy frecuentes en
las carreteras.