El Diario Oficial de Castilla-La
Mancha (DOCM) ha publicado hoy la Ley de
Caza de Castilla-La Mancha, aprobada por las
Cortes autonómicas el pasado 5 de
marzo y que, en su mayor parte,
entrará en vigor en un plazo de veinte
días a partir de mañana.
La única excepción de
entrada en vigor de la ley será la que
afecta a las zonas colectivas de caza
(sección segunda correspondiente al
capítulo I del título IV de la
Ley), que lo hará cuando entre en
vigor el reglamento que desarrolle la
ley.
La nueva ley sustituirá a la que
estaba en vigor desde julio de 1993 y
está compuesta por nueve
títulos, 87 artículos, cuatro
disposiciones adicionales, once disposiciones
transitorias, una disposición derogatoria
y seis disposiciones finales.
El objeto de la nueva ley, según su
artículo primero, es regular la caza en
Castilla-La Mancha, mediante la
planificación ordenada de esta
actividad, con la finalidad de proteger,
conservar, fomentar y aprovechar ordenada y
sosteniblemente sus recursos
cinegéticos de manera compatible con
la conservación del medio natural y
fomento de los hábitats de las especies
cinegéticas, en especial las declaradas
preferentes.
Asimismo, persigue el desarrollo
económico rural, compatibilizando los
fines sociales, deportivos, ecológicos,
culturales, turísticos o comerciales que
pueden y deben lograrse con una adecuada
práctica cinegética.