La Comunidad General Riegos de
Levante ha ganado un nuevo pleito a la
Conselleria de Agricultura a cuenta de la
indemnización que la entidad de
regantes reclama cada año por renunciar
a su derecho histórico de caza en el
parque natural de El Hondo.
El Tribunal Superior de Justicia de la
Comunidad Valenciana (TSJCV) ha estimado el
recurso contencioso-administrativo de la
comunidad, y ha fallado que la Conselleria
debe abonar los daños y perjuicios
provocados por la prohibición de caza
en el coto de El Hondo de Elche
correspondiente a la temporada 2011/2012 en
la cantidad de 200.000 euros y no en 48.100
como había presupuestado. Este fallo
llega después de varias sentencias que
ya pusieron negro sobre blanco la
obligación de la Generalitat de
indemnizar a la comunidad general de regantes
desde 1997 año tras año, por lo
que Riegos de Levante ha planteado renunciar
definitivamente a las indemnizaciones anuales
a cambio de una indemnización total
de nueve millones de euros. Así lo
aseguró ayer Ángel Urbina,
portavoz de la comunidad, quien sostiene que
serán los tribunales los que decidan
también en este caso.
La última decisión del
TSJCV –que corresponde a
2011/2012– aún puede ser
recurrida ante el Tribunal Supremo y condena
también a la Conselleria a pagar los
intereses legales devengados y costas. En la
sentencia se expone que Riegos de Levante
construyó los dos embalses principales
que dieron origen al parque natural de El
Hondo para hacer uso de las concesiones que
le permiten emplear el agua de los sobrantes
del Segura y que son esas circunstancias las
que permitieron que en 1978 se creara un coto
de caza con una superficie cinegética
de 1.640 hectáreas a nombre de la
comunidad de regantes.
Los derechos de explotación de ese
coto se fueron utilizando año a
año, generando beneficios
económicos para la comunidad, hasta
que una sequía en 1993
suspendió la actividad
cinegética durante una campaña.
Tres años después se
volvió a suspender el derecho de caza
por motivos de preservación del medio
y la fauna y se estableció en el
Tribunal Supremo que la comunidad
tenía derecho a «ser
indemnizada por los daños y perjuicios
derivados de la prohibición de
cazar».
Durante años la
indemnización anual se ha
«discutido» en los tribunales, en
unos 85.000 euros desde 1997 hasta el
año 2002. A partir de entonces, la
Generalitat y Riegos de Levante firmaron un
convenio de colaboración cifrando la
indemnización en 120.000 euros
inicialmente, ascendiendo a partir de 2005 y
en los años posteriores a 200.000 euros
anuales.
Mantenimiento
Por otro lado, la Comunidad General
Riegos de Levante está pendiente de
percibir 350.000 euros sufragados a medias por
la Conselleria y el Ministerio de Medio
Ambiente como compensación por los
gastos que les supone a los regantes la
obligación de mantener una
lámina de agua de cuatro
hectómetros cúbicos, necesaria
para garantizar la fauna y la flora del parque
natural. Las administraciones se
comprometieron a suscribir ese convenio el
pasado mes de septiembre y anunciaron a final
y principio de año que habían
presupuestado cada una su parte, pero hasta
ahora y según fuentes de Riegos de
Levante, el pago no se ha hecho efectivo.