La Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, en su reciente sentencia nº 50/22, ha desestimado la demanda interpuesta por la Asociación para la Conservación y Estudio del Lobo Ibérico (ASCEL) que impugnaba el Plan de Gestión del Lobo en Cantabria.
En virtud de este plan de gestión se realizaban controles de población el lobo en la comunidad, con anterioridad a su inclusión en el listado de especies en Régimen de Protección Especial. En opinión de ASCEL, que también promovió la inclusión del lobo en el listado, el plan ponía en peligro las poblaciones de lobo y, en su opinión, vulneraba la legislación nacional e internacional sobre la materia.
La sentencia del TSJ de Cantabria rebate todos los argumentos de la asociación animalista y considera que el Plan de Gestión elaborado por el gobierno cántabro se ajustaba estrictamente a la legalidad vigente y que, además, contaba con suficiente argumentación científica a la hora de redactarlo.
Todo ello en los mismos términos en los que se pronunció Fundación Artemisan que, a través de sus servicios jurídicos, aportó diferentes informes periciales que acreditaban que las poblaciones de lobo en la comunidad son lo suficientemente abundantes para permitir la caza de un número limitado de ejemplares, especialmente en aquellas zonas donde se producen daños importantes a la ganadería.
Además, destaca la sentencia el hecho de que el control de poblaciones de lobos es una actuación ajustada a derecho, máxime cuando se producen daños a la ganadería, y que la legislación nacional e internacional sobre la materia no impide que pueda llevarse a cabo en la forma recogida en el Plan de Gestión del Lobo en Cantabria.
Cabe recordar que, contra la impugnación del plan por parte de ASCEL y en apoyo del Gobierno de Cantabria y de su gestión del lobo, se personaron tanto Fundación Artemisan como la Federación Cántabra de Caza y distintos ayuntamientos afectados por la pretensión animalista de prohibir la caza del lobo.