En los últimos años, la polémica entre partidarios de la contrapasa y detractores de la misma ha sido una constante, a pesar de que los estudios realizados año tras año sobre la población de la paloma torcaz señalan que se mantiene más bien en alza. Así, en los últimos ocho años, que recuerde yo, se ha llevado a cabo un ambicioso plan que ha pivotado en torno a tres ejes: el conocimiento de las cifras de ejemplares que invernan en la península Ibérica, la determinación de las rutas de migración por medio de satélite y el análisis genético de las poblaciones, que aseveran la afirmación de que no hay ninguna merma en las poblaciones de una de las especies señeras en el País Vasco.
Sin embargo, en junio de 2005, y a pesar de ese aumento de la paloma torcaz en los últimos años, el Tribunal de Luxemburgo hizo pública una sentencia por la que condenaba al Estado Español por permitir la modalidad de caza en contrapasa que había sido autorizada por la Diputación Foral de Gipuzkoa y también por la vizcaína, “aplicando condiciones estrictamente controladas”, limitando la cantidad, acotando los espacios aptos y restringiendo el número de cazadores, desde los Departamentos de Agricultura, competentes en la materia, que han defendido su actuación por el “arraigo y carácter tradicional” de esta modalidad y por “la baja o nula incidencia en las poblaciones de paloma torcaz”.
De esta manera, la caza de la paloma torcaz a contrapasa se ha aprobado con unos requisitos estrictos que, según las ordenes forales, “permitían asegurar que la captura de la paloma torcaz se hiciera de un modo controlado y selectivo, garantizando que la explotación cinegética de dicha especie se haga en pequeñas cantidades, y sin que implique peligro alguno para la conservación de la especie”. En consonancia con ello, se ha llegado a establecer en el último año de autorización de la contrapasa en Gipuzkoa un cupo de capturas de cuatro ejemplares por cada cazador, cifra muy pequeña.
No obstante, y a pesar de estos requisitos estrictos establecidos, varias organizaciones ecologistas plantearon en su día recursos judiciales contra la modalidad de caza en contrapasa porque entendían que no coincide con la legalidad de la Directiva Europea sobre Aves Silvestres, “afectando a una especie en ligera tendencia a la disminución” –según dijeron en su día-, y porque consideraban que la Administración no tiene los medios suficientes para ejercer un estricto control sobre este tipo de caza. Pero, ¿es así?
Desde el punto de vista de la estricta conservación de la paloma torcaz, hay que decir que este tipo de caza no supone ninguna amenaza seria. Primero, porque se trata de una especie abundantísima en toda Europa y, además, en franca expansión como así lo atestiguan los estudios realizados hasta la fecha. Y segundo, porque esta modalidad cinegética se cobra proporcionalmente un escasísimo número de piezas, debido a su dificultad e incertidumbre, y a que es practicada por un limitado grupo de cazadores. Así, en el País Vasco, se cazaron en total en los últimos años de autorización de la contrapasa una media de no más de 2.000 palomas al año, una cifra más bien insignificante frente a los más de cinco millones de aves que cada año cumbrean nuestros cielos.
Y es en este sentido, donde debe plantearse el debate, pero sin que se utilicen datos absolutamente manipulados y carentes de la más mínima rigurosidad.
Alguien que dice lo piensa, que sabe lo que dice y que conoce la naturaleza.
muy buen artículo señor Rekondo, da gusto leerle
Hay firmas… Hay que coger el toro por los cuernos (qué no se enfade nadie). Tarde o temprano llegará el momento de que nos den explicaciones aquellos quienes se pronunciaron en contra, cobrando estipendio de la Administración y aireando su prohibición por toda la prensa Española como un triunfo de su empresa o persona. Pero de momento no se está haciendo nada de fundamento. HAY QUE MOVERSE.
Pero, ¿que podemos hacer los cazadores? No estan cerrando todas las puertas…