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¿Qué pueden y no pueden hacer los cazadores federados durante las fases de desescalada?

¿Qué pueden y no pueden hacer los cazadores federados durante las fases de desescalada?

¿Qué pueden y no pueden hacer los cazadores federados durante las fases de desescalada?

Desde la Real Federación Española de Caza queremos realizar las siguientes aclaraciones a los cazadores, tras la publicación hoy, domingo 3 de mayo, de la Orden SND/388/2020, por la que se establecen las condiciones para la práctica del deporte profesional y federado.

Esta normativa tendrá vigencia mientras esté en activado el estado de alarma. Si el Gobierno estableciera algún cambio, desde la RFEC indicaríamos puntualmente todas las novedades.

Esta nota se irá actualizando según vayamos teniendo más recomendaciones del ministerio de sanidad y del consejo superior de deportes.

FASE 0

Deportistas de alto nivel:

  • Pueden entrenar en la provincia donde residan y utilizar los espacios naturales que necesiten.
  • Pueden utilizar implementos deportivos y equipamiento necesario.
  • Deben seguir las normas de distanciamiento social e higiene.
  • Duración y horario necesario (en espacios al aire libre, dos veces al día, entre las 6:00 y las 10:00 h. y entre las 20:00 y las 23:00 h.).
  • Es posible entrenar con entrenador.
  • Guardar distancia mínima de 2 metros.
  • La RFEC emitirá un certificado de deportista de alto nivel para el federado que lo necesite.

Entra en vigor el lunes, 4 de mayo.
Resto de federados:

  • Entrenamiento individual, al aire libre, 2 veces al día y dentro del término municipal.
  • También pueden acceder a espacios naturales para entrenar si lo necesitan.
  • 2 metros de distancia de seguridad.
  • Sin entrenador.
  • Sirve con la tarjeta federativa en vigor.
  • Perros de caza: pueden entrenar sueltos en el recinto donde esté el animal (Art. 9.1 «Si en la modalidad deportiva practicada participaran animales, se podrá realizar la práctica al aire libre, de manera individualizada, en el lugar donde estos permanezcan (…) y durante el mismo período de tiempo»). Al aire libre pueden salir en el término municipal donde se encuentren, atados o bajo control (dependiendo de cada comunidad autónoma), en las mismas condiciones que los perros de compañía.

Nota aclaratoria de la RFEC:

  • No está permitido desplazarse entre provincias.
  • Al igual que en época de veda, ningún perro pueden estar suelto dentro de un coto de caza.
  • Esta Fase está pensada para el entrenamiento físico de cada individuo.
  • El control de fauna cinegética por daños sigue vigente en las comunidades autónomas que lo tienen autorizado.

FASE 1:

  • Apertura de centros deportivos, campos de tiro, zonas de adiestramiento de perros (si están habilitadas como recintos deportivos), etcétera.
  • Prevista para el 11 de mayo, aunque dependerá de la evolución de la enfermedad en cada provincia.
  • Hay que adaptar los entrenamientos a las normas de higiene y seguridad.

Nota aclaratoria de la RFEC:

  • No está permitido desplazarse entre provincias.
  • Perros de caza: pueden entrenar sueltos en el recinto donde esté el animal. Al aire libre pueden salir en el término municipal donde se encuentren, atados o bajo control (dependiendo de cada comunidad autónoma), en las mismas condiciones que los perros de compañía.
  • Al igual que en época de veda, ningún perro pueden estar suelto dentro de un coto de caza.
  • El control de fauna cinegética por daños sigue vigente en las comunidades autónomas que lo tienen autorizado.

FASE 2:

  • Se reanuda la caza deportiva.
  • Prevista para el 25 de mayo.
  • Dependerá de la evolución de la enfermedad en cada provincia.

Nota aclaratoria de la RFEC:

  • Una vez alcanzada la etapa de normalidad (aprox. 22 de junio) se podrá viajar entre provincias, siempre que ambas hayan superado la Fase 3.
  • El control de fauna cinegética por daños sigue vigente en las comunidades autónomas que lo tienen autorizado.

Fuente. fecaza.com

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1 Commentario

  1. Manuel González Roca
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    Buenos días…Soy titular cinegética de un coto de caza en la Provincia de Valencia y Tenemos un PLAN APROBADO POR DAÑOS A AGRICULTURA (concretamente se estan comiendo las viñas los animales)por parte de la CONSELLERÍA VALENCIANA con DATOS PERSONALES DE LOS CAZADORES ….el problema es q los cazadores autorizados viven en la Provincia de Alicante…La pregunta es…ante una situación ESPECIAL COMO ESTA existe algún problema al traslado a la Finca ya q aunque colindante es provincia diferente (Alicante)…consultado ayer al Seprona de Alicante…me comenta q a pesar del Real Decreto al respecto, quizás pudiera considerarse en realidad como un hecho distinto y q por lo tanto podría ser posible….ahora bien la pregunta es?Desde Alicante hasta a la Finca hay q pasar por Otra Provincia..y aunque sólo hay 100Km…de distancia el criterio seta el mismo si nos paran…Se puede entender como un desplazamiento por trabajo necesario con la consiguiente AUTORIZACIÓN PERSONAL EXPEDIDA POR LA ADMINISTRACIÓN?muchas gracias.

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Redacción periódico digital Desveda #caza #pesca #tirodeportivo #rural #naturaleza

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