Una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE abre la puerta al control cinegético de poblaciones de lobo al sur del Duero
Madrid, 14 de octubre. – Una reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea podría abrir la puerta al control de poblaciones de lobo al sur del Duero a través de acciones cinegéticas por parte de cazadores.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado una sentencia de fecha 10 de octubre de 2019 que viene a interpretar una serie de aspectos dudosos de la Directiva 92/43 relativa a la Conservación de los Hábitats Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres. En resumen, la sentencia viene a reconocer que no es contrario a la Directiva el que se autorice la caza como forma de gestión de las poblaciones de determinadas especies protegidas como el lobo, siempre que se haga por la vía de la excepción y que se justifique que no existe otra solución satisfactoria y que tal excepción no perjudicará el mantenimiento de las poblaciones de las especies en su área de distribución natural.
Lo recogido en esta sentencia podría ser de aplicación en España para las poblaciones de lobos situadas al sur del río Duero, donde tiene la consideración de especie protegida y donde, por lo tanto, su caza está prohibida. A pesar de ser una especie protegida, sus poblaciones han aumentado de forma muy considerable, produciendo importantes daños a las ganaderías de la zona. Para evitar estos daños, las autoridades competentes autorizan de forma limitada un control de poblaciones que solo pueden realizar los agentes forestales. A partir de esta sentencia no debería haber inconveniente en que este control de poblaciones a través de la caza lo hagan los propios cazadores.